Bolivia. El Ministerio de Trabajo aprobó la resolución que prohíbe a los empresarios instalar cámaras de seguridad en el interior de sus empresas con la finalidad de vigilar o controlar a sus trabajadores. Pueden hacerlo para controlar la parte externa o en ambientes donde reciban clientes.
El director General de Trabajo, Miguel Albarracín, explicó que la disposición “perfecciona” la decisión tomada en consenso con los trabajadores y plasmada en la inicial resolución 061/15 que –sostuvo- se prestaba a malas interpretaciones.
“Queda terminantemente prohibido en todo centro laboral, el uso de cámaras de vigilancia como forma de control de las trabajadoras y trabajadores, o que afecte su privacidad e intimidad”, refiere el documento aprobado el 10 de marzo, según un boletín institucional.
La norma anterior fue observada por la Federación de Fabriles de La Paz por que se abría la posibilidad de instalar cámaras para controlar la calidad de la producción.
“Cualquier utilización inadecuada en los centros de trabajo será considerado como ilegal, hostigamiento y acoso laboral”, precisa la nueva resolución. A partir de la emisión de esa normativa, explicó Albarracín, los trabajadores pueden denunciar al Ministerio de Trabajo, de manera inmediata, para luego de una inspección instruir el retiro de esos equipos.
Albarracín explicó que los empresarios pueden colocar vigilancia en el entorno de la infraestructura de sus compañías para preservar sus bienes y en las áreas donde haya afluencia de clientes como en las entidades bancarias y centros comerciales.
“Los sistemas de vigilancia mediante cámaras en el exterior de los centros laborales o donde exista afluencia de personas y de atención al cliente por la naturaleza de los servicios que brinden, pueden ser utilizados únicamente para resguardar la seguridad de la empresa”, indica el artículo 2 de la resolución del 10 de marzo.
Albarracín detalló que las cámaras se seguridad en las empresas deben tener la finalidad de preservar la seguridad de las compañías, pero “no para hacer seguimiento ni para afectar la privacidad de los empleados”.
Deje su comentario